La Orden de 21 de septiembre de 1995 establece
que "Podrán acceder a los estudios de sólo segundo
ciclo conducentes a la obtención del título oficial
de licenciado en Historia y Ciencias de la Música, cursando,
de no haberlo hecho con anterioridad, los complementos de formación
que en cada caso se determina.
Quienes hayan superado los tres primeros cursos
del Grado Superior de Conservatorio:
30 créditos de asignaturas de contenido "humanístico".
Resto de titulaciones:
30 créditos de asignaturas de contenido "humanístico",
"Estructura del lenguaje musical" 6 créditos e "Historia
de los estilos musicales" 6 créditos.