La Orden de 21 de septiembre de 1995 establece que "Podrán acceder a los estudios de sólo segundo ciclo conducentes a la obtención del título oficial de licenciado en Historia y Ciencias de la Música, cursando, de no haberlo hecho con anterioridad, los complementos de formación que en cada caso se determina.
Quienes hayan superado los tres primeros cursos del Grado Superior de Conservatorio:
30 créditos de asignaturas de contenido "humanístico".
Resto de titulaciones:
30 créditos de asignaturas de contenido "humanístico",
"Estructura del lenguaje musical" 6 créditos e "Historia de los estilos musicales" 6 créditos.